Declaración de Impuestos por Internet, casos y cosas a tomar en cuenta

La llegada de la actualización 2.3.0.2 del software DaVinci en agosto/2012, trajo la facilidad de la declaración opcional de formularios por Internet, a los contribuyentes catalogados hasta entonces como «Contribuyentes No Newton»; esta ventaja no fue explotada como se quería, seguramente por la falta de promoción del servicio, ausencia de guías y/o manuales, grado de complejidad del Software, sumado esto a los inconvenientes que de cuando en cuando nos trae el DaVinci, sobre todo con la Instalación del «bendito» software, que a más de uno nos dio reverendos «dolores de cabeza». A partir del 1ro de marzo esta forma de presentación será obligatoria, aunque nos dan unos meses para irnos acostumbrando, repasemos los detalles más relevantes de la nueva normativa.

NUEVO NOMBRE

Se asigna por primera vez el nombre de NEWTON ESPECÍFICO al grupo de contribuyentes que eran conocidos genéricamente como «Contribuyentes No Newton» (contribuyentes que declaran impuestos en formularios pre-impresos).

FORMA DE PRESENTACIÓN Y PAGO DE LOS FORMULARIOS DE IMPUESTOS

a) Si su formulario tiene importe a pagar (casilla 576 mayor a cero), tiene la opción de:

– Enviar por Internet el formulario, generar un número de trámite y apersonarse al banco a realizar el pago

– Imprimir su formulario tal cual estaba acostumbrado y apersonarse al banco como lo hacía antes (la mejor opción para este caso)

b) Si su formulario no tiene impuesto a pagar o si lo tiene lo pagará después (casilla 576 igual a cero), este debe ser presentado obligatoriamente por Internet, ya sea mediante el Software Davinci de forma directa o mediante la Oficina Virtual enviando los formularios *.idj

ACLARACIÓN DEL LIBRO DE COMPRAS Y VENTAS

Los contribuyentes Newton Específico, NO están obligados a enviar los Libros de Compra y Venta, no se menciona nada referente a la Bancarización (no la pelan una con vacíos y/o ambigüedades), se supone que tampoco están obligados a su envío pero si a su cumplimiento y registro (ojo).

VIGENCIA

Entra en vigencia a partir del 1ro de Marzo del 2013

PERIODO DE TRANSICIÓN

Hasta el 31 de julio de 2013 será de forma opcional, luego será de forma obligatoria.

OTROS DETALLES A CONSIDERAR

Los nuevos contribuyentes que no sean Empresas Unipersonales, pasan a ser esta categoría de contribuyentes.

Existe una lista de Municipios que no están obligados en la presente resolución.

Si no tiene su tarjeta Galileo-MASI todavía, es buen momento para solicitarla lo antes posible.

Ref: Impuestos Bolivia